Ley 39/2015: el procedimiento administrativo
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
Interesados, plazos, fases del procedimiento, silencio administrativo y recursos.
Fichas de esta colección (8)
- 01
Objeto de la Ley 39/2015
Regula los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y los principios a los que se ajusta el ejercicio de la potestad sancionadora y la responsabilidad patrimonial.
- 02
Cómputo de plazos por días
Si se expresan en días, se entienden hábiles, excluyéndose sábados, domingos y festivos. Si se fijan en días naturales, se hará constar.
- 03
Plazo para resolver por defecto
Cuando las normas no fijen plazo máximo, será de 3 meses. Se cuenta desde el acuerdo de iniciación (de oficio) o desde la entrada en el registro del órgano competente (a solicitud del interesado).
- 04
Silencio en procedimientos iniciados a solicitud del interesado
Regla general: estimatorio (positivo), salvo excepciones legales (p. ej. derecho de petición, medio ambiente, o cuando se transfieran facultades sobre el dominio público).
- 05
Silencio en procedimientos iniciados de oficio
Si pueden derivar el reconocimiento de derechos: desestimatorio. Si son sancionadores o de intervención: caducidad.
- 06
Fases del procedimiento
Iniciación, ordenación, instrucción y finalización (más la ejecución).
- 07
Recursos administrativos ordinarios
Recurso de alzada (contra actos que no ponen fin a la vía administrativa; 1 mes) y recurso potestativo de reposición (contra actos que sí la ponen; 1 mes).
- 08
Recurso extraordinario de revisión
Contra actos firmes en vía administrativa, en supuestos tasados del art. 125 (error de hecho, documentos esenciales aparecidos, prevaricación, cohecho, etc.).