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Ley 39/2015: el procedimiento administrativo
Ley 39/2015: el procedimiento administrativo
0.0s
Silencio en procedimientos iniciados a solicitud del interesado
Objeto de la Ley 39/2015
Recurso extraordinario de revisión
Regula los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y los principios a los que se ajusta el ejercicio de la potestad sancionadora y la responsabilidad patrimonial.
Silencio en procedimientos iniciados de oficio
Si pueden derivar el reconocimiento de derechos: desestimatorio. Si son sancionadores o de intervención: caducidad.
Iniciación, ordenación, instrucción y finalización (más la ejecución).
Regla general: estimatorio (positivo), salvo excepciones legales (p. ej. derecho de petición, medio ambiente, o cuando se transfieran facultades sobre el dominio público).
Plazo para resolver por defecto
Contra actos firmes en vía administrativa, en supuestos tasados del art. 125 (error de hecho, documentos esenciales aparecidos, prevaricación, cohecho, etc.).
Fases del procedimiento
Cuando las normas no fijen plazo máximo, será de 3 meses. Se cuenta desde el acuerdo de iniciación (de oficio) o desde la entrada en el registro del órgano competente (a solicitud del interesado).