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PPER — Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo

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PPER Tema 4: la Administración Marítima (II) — Administración periférica

Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo

Capitanías Marítimas y Distritos Marítimos: funciones del Capitán Marítimo y del Jefe de Distrito.

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Fichas de esta colección (40)

  1. 01

    Objeto del Real Decreto 638/2007:

    Regulación de las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos.

  2. 02

    Dependencia orgánica de las Capitanías Marítimas (Art. 6):

    Ministerio de Fomento

  3. 03

    ¿Qué regula el Artículo 8 del RD 638/2007?

    Realización de obras o modificaciones marítimas en los puertos.

  4. 04

    ¿Qué funciones regulan los Artículos 10 y 11 del RD 638/2007?

    Funciones del Capitán Marítimo y de los Jefes de Distritos Marítimos.

  5. 05

    ¿Qué regula la Disposición final tercera del RD 638/2007?

    Título competencial.

  6. 06

    Según el RD 1246/1995, ¿qué tres categorías tenían las Capitanías Marítimas?

    Primera, segunda y tercera categoría.

  7. 07

    En el modelo del RD 1246/1995, ¿qué Capitanías tenían la supervisión y dirección de las restantes?

    Las de primera categoría.

  8. 08

    ¿Qué órganos ocupan el lugar de las antiguas Capitanías de segunda y tercera categoría?

    Los Distritos Marítimos.

  9. 09

    En la nueva estructura, ¿cuántos tipos de Capitanías Marítimas existen?

    Un solo tipo.

  10. 10

    ¿Quién se configura como el elemento de referencia de la Administración marítima periférica?

    El Capitán Marítimo.

  11. 11

    Según el Art. 1.1, ¿cuáles son los dos componentes que estructuran la Administración marítima periférica?

    Capitanías Marítimas y Distritos Marítimos.

  12. 12

    En la estructura de las Capitanías Marítimas, ¿qué sustituyen los 'ámbitos funcionales de actuación'?

    Las áreas de gestión (creadas por el RD 1246/1995).

  13. 13

    ¿Cuál es el factor determinante para la unificación de funciones en la actividad marítima según el texto?

    Seguridad (en sentido amplio) y labores de inspección.

  14. 14

    Para que los Jefes de Distrito realicen actividades inspectoras, ¿qué requisito técnico deben poseer?

    Titulación técnica que les habilite para ello.

  15. 15

    Art. 2: ¿Cuál es el primer requisito para la creación de las Capitanías Marítimas?

    Existencia de puertos de interés general.

  16. 16

    Art. 4: ¿Qué incluye el ámbito geográfico de las Capitanías Marítimas en la zona de la ribera del mar?

    Espacios terrestres con instalaciones o actividades cuya autorización, control o inspección corresponda a la Capitanía Marítima.

  17. 17

    Art. 4: ¿Hasta dónde llegan las aguas de los ríos en el ámbito de las Capitanías Marítimas?

    Hasta donde se haga sensible el efecto de las mareas (y tramos navegables hasta puertos de interés general).

  18. 18

    Art. 5.1: ¿A qué órgano administrativo dependen los Distritos Marítimos?

    Dependen del Capitán Marítimo.

  19. 19

    Art. 5.3: ¿Quiénes resuelven por orden conjunta la creación o supresión de los Distritos Marítimos?

    Ministros de Fomento y de Administraciones Públicas.

  20. 20

    Art. 6: ¿De qué ministerio dependen orgánica y funcionalmente las Capitanías Marítimas?

    Ministerio de Fomento (vía Dirección General de la Marina Mercante).

  21. 21

    Art. 8.1: ¿A quién deben informar las autoridades portuarias sobre obras que afecten a la seguridad marítima?

    Al Capitán Marítimo.

  22. 22

    Art. 8.1: ¿A qué organismo debe suministrarse la información sobre obras portuarias para su toma de razón en portulanos?

    Instituto Hidrográfico de la Marina.

  23. 23

    Art. 8.2: ¿A quiénes deben comunicar los concesionarios información sobre obras que afecten a la seguridad marítima?

    A las Capitanías Marítimas y al Instituto Hidrográfico de la Marina.

  24. 24

    Art. 8.3: ¿Qué informe es vinculante del Capitán Marítimo para establecer un nuevo punto de embarque de prácticos?

    Informe sobre seguridad marítima y navegación.

  25. 25

    Art. 9.4: ¿Quién designa al titular de la unidad administrativa que sustituye al Capitán Marítimo en caso de vacante o enfermedad?

    La Dirección General de la Marina Mercante.

  26. 26

    En el registro y abanderamiento de buques, ¿qué tamaño de eslora es competencia de los Jefes de Distritos Marítimos (Art. 11.2.a)?

    Menores de 24 metros.

  27. 27

    En el registro de buques, ¿qué expedición NO corresponde a los Jefes de Distritos Marítimos (Art. 11.2.a)?

    Expedición de las patentes de navegación.

  28. 28

    En el fondeo, ¿qué tipo de aguas pueden autorizar los Jefes de Distritos Marítimos (Art. 11.2.g)?

    Aguas adyacentes a zonas de servicio de puertos gestionados por CCAA (si no son de interés general).

  29. 29

    En la resolución de expedientes de tripulaciones mínimas de seguridad, ¿qué eslora (L) es competencia de la Capitanía (Art. 11.2.k)?

    Inferior a 24 metros.

  30. 30

    En la propuesta de cierre de puerto, ¿qué razones pueden aconsejar a la autoridad portuaria (Art. 11.2.o)?

    Protección interna, seguridad de la vida humana, seguridad en la navegación, seguridad marítima y lucha contra la contaminación.

  31. 31

    Ámbitos funcionales de las Capitanías Marítimas (Art. 12.1): ¿cuál es el relativo a la navegación?

    Ordenación de la navegación.

  32. 32

    Ámbitos funcionales de las Capitanías Marítimas (Art. 12.1): ¿cuál es el relativo a la contaminación?

    Prevención y lucha contra la contaminación del medio marino.

  33. 33

    ¿Quién supervisa la ordenación y ejecución de las inspecciones de los buques por la Dirección General de la Marina Mercante y las Capitanías Marítimas? (Art. 13.1)

    El Capitán Marítimo.

  34. 34

    ¿Quién es competente para resolver los recursos administrativos contra las resoluciones y actos de trámite dictados por los Capitanes Marítimos y los Jefes de Distrito? (Art. 14.1)

    El Director General de la Marina Mercante.

  35. 35

    Efecto de la aplicación de las previsiones y medidas de este real decreto sobre el gasto público (Art. 15):

    No implicará aumento del gasto público.

  36. 36

    Procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor del RD: ¿qué normativa les es de aplicación?

    La normativa vigente en el momento de su iniciación.

  37. 37

    En el RD 1027/1989, ¿a qué órgano se refiere la mención a los 'Jefes Provinciales de la Marina Mercante'?

    A los Capitanes Marítimos.

  38. 38

    En el RD 1027/1989, ¿a qué órgano se refiere la mención a los 'Inspectores Provinciales de Seguridad Marítima, Buques y Comunicaciones'?

    A los Inspectores Navales, los Inspectores Marítimos Náuticos, de Máquinas y de Radio.

  39. 39

    En el RD 1027/1989, ¿a qué órgano se refiere la mención a las 'Provincias Marítimas'?

    A las Capitanías Marítimas.

  40. 40

    En el RD 1837/2000, ¿qué órgano expide los certificados para buques de eslora (L) ≥ 24 metros requeridos por normativa internacional?

    Dirección General de la Marina Mercante.

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